TIPS de operaciones en Ventanilla Unica I


A partir de hoy iniciaremos una sección con tips de ventanilla única, en la cual publicaremos los detalles relevantes respecto a la operación, te agradeceremos si colaboras con nosotros posteando tus hallazgos en los comentarios y nos aseguraremos de publicarlos con el credito de quien lo envie. Es una operacion nueva para todos y compartiendo las experiencias y casos nos ayudara a dominarla en menos tiempo.

En relación con la entrada en vigor del uso de Ventanilla Única para la realización de las operaciones de Comercio Exterior y considerando que ya se han estado realizando operaciones bajo este esquema durante los últimos días, se les recomienda que sugieran a sus clientes que los consolidados hayan sido abiertos bajo el esquema tradicional (papel) sean cerrados a mas tardar el 31 de mayo para evitar algún tipo de complicación al momento del cierre una vez que entre en vigor el día 1 de junio el uso de Ventanilla Única

Por otra parte, en cuanto a las operaciones de transferencia (V1), la autoridad nos indica que ambos pedimentos deben realizarse bajo el mismo esquema, esto es, que si la operación se inicia bajo el esquema de Ventanilla Única, debe terminarse utilizando Ventanilla Única. Cabe mencionar que si la operación fue iniciada en el mes de mayo en el esquema tradicional (papel) y ésta se termina después del 1° de junio, la misma deberá terminarse en el mismo esquema (papel)

En lo referente a operaciones de Tránsitos se indica lo siguiente:

Para tránsitos T3, solo se tendrá que digitalizar el B/L y/o guía de embarque; en caso de contar con factura se tendrá que realizar COVE.

En los tránsitos T3 a la exportación (consolidación de carga) No se declarará COVE ya que los pedimentos que se consolidan ya están validados y ya se encuentran en sistema los COVES correspondientes

Para los pedimentos de exportación con identificador AT se tiene que declarar COVE

Para tránsitos T7 y T9 se genera COVE, para estos casos se habilitará la opción “SIN TAX I.D.” tanto para emisor como para destinatario

Por otra parte, el COVE no considera la declaración del RFC genérico para extranjeros, por lo que se tendría que declarar la opción “SIN TAX I.D.” en estos casos. Cabe aclarar que la declaración en pedimento de dicho RFC no sufre ninguna modificación.

Via J. Reynel

Ventanilla Unica: LIBERACIÓN DE TRÁMITES DE PROSEC DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA


La Secretaria de Economia dio a conocer que ya pueden realizarse de manera electrónica a través de la Ventanilla Única las Autorizaciones y Ampliaciones al Programa de Promocion Sectorial en sus modalidades de Productor Directo e Indirecto 

PROGRAMA Y/O INSTRUMENTO HOMOCLAVE NOMBRE DEL TRAMITE MODALIDADES FECHA DE LIBERACIÓN
PROSEC SE-03-023 Autorización de Programa de Promoción Sectorial Productor Directo 30 de abril de 2012
Productor Indirecto
SE-03-024 Ampliación de Programa de Promoción Sectorial Productor Directo 30 de abril de 2012
Productor Indirecto

 

 

Pueden enviar sus comentarios y sugerencias directamente a los correos ventanillaunica@sat.gob.mx y contacto@ventanillaunica.gob.mx.

Octava Resolucion de Modificaciones a las RCGMCE para 2011


Cambio relevante, es la entrada en vigor el día 1 de Junio 2012 de las Reglas 3.1.30., 3.1.31. Referente a documentos e información que se transmite electrónicamente por medio de VUCEM.

3.1.5.
Tratándose de operaciones efectuadas conforme a la regla 3.1.30., la presentación de la factura o de cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías, podrá cumplirse mediante la transmisión señalada en la regla 3.1.31.

3.1.31. Para los efectos de los artículos 36, primer párrafo, fracción I, inciso a) y II, inciso a), así como su penúltimo párrafo, 37, 80, 144, fracción III, de la Ley, y 58, fracción III del Reglamento, el importador o exportador, podrán transmitir electrónicamente a la autoridad aduanera a través de la Ventanilla Digital, conforme a los lineamientos que emita la ACCMA, la información de los documentos en el idioma en que se encuentren, tratándose del español, inglés o francés, que amparen el valor de la mercancía de comercio exterior, que se habrá de sujetar a alguno de los regímenes aduaneros definitivos o temporales, de importación o exportación, previstos en la citada Ley.

Cuando los documentos que amparen el valor de las mercancías se encuentren en idiomas distintos del español, inglés o francés, la transmisión habrá de efectuarse en idioma español.

El importador o exportador, una vez validada la información transmitida por ellos, recibirán un acuse de referencia emitido por la Ventanilla Digital, esto es, el “e-document”, mismo que se habrá de declarar en el pedimento, sin que en estos casos sea necesario acompañar al mismo el comprobante de valor respectivo (factura u otro); y correspondiendo la rectificación de los datos trasmitidos conforme a lo dispuesto en las normas jurídicas aplicables, la cual se podrá llevar a cabo por el importador, exportador, o bien, por el agente o apoderado aduanal, siempre que en este último caso, se haya transmitido inicialmente conforme a la fracción VI de la presente regla, el número de la patente o autorización del agente o apoderado aduanal que realiza la rectificación empleando al efecto su FIEL.

Segundo. Se modifica la fracción I del Artículo Unico Transitorio de la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, publicada en el DOF el 13 de enero de 2012, para quedar como sigue:
“I. Las reglas 3.1.30., 3.1.31. y 3.1.32., entrarán en vigor de manera optativa al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, ello acorde a la habilitación paulatina de los sistemas tecnológicos en cada una de las aduanas del país, y a partir del 1 de junio de 2012 de forma obligatoria en todas las aduanas.”

Tercero. Se modifica el Anexo 1 “Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite”, como sigue:
I. En su Apartado A. “Declaraciones, Avisos y Formatos, Instructivos de llenado y trámite”, como sigue:
a) Para modificar el formato denominado “Registro del despacho de mercancías de las empresas, conforme al artículo 100 de la Ley Aduanera”.
b) Para modificar el formato denominado “Registro de empresas transportistas de mercancías en tránsito”.
II. En su Apartado B. “Pedimentos y Anexos”, como sigue:
a) Para modificar el formato para “Impresión Simplificada del Pedimento”.
b) Para modificar el formato para “Impresión Simplificada de Remesa de Consolidado”.
Cuarto. Se modifica el Anexo 22 “Instructivo para el llenado del pedimento”, como sigue:
I. Para adicionar un segundo párrafo al encabezado “DISTRIBUCION DE COPIAS”, pasando el actual segundo párrafo a ser tercero y así sucesivamente.

 

TALLER VIRTUAL DE VENTANILLA UNICA * 23 Febrero 2012


Costo: Gratuito

La Administración Central de Competitividad y Modernización Aduanera de la Administración General de Aduanas, llevará a cabo el próximo día jueves 23 de febrero de 2012, el taller de “Ventanilla Única” desde  las instalaciones del SAT en la Cd. de México, el cual será transmitido en línea por el INDEX a través de nuestro portal en las direcciones  www.index.org.mx ó www.cnimme.index.org.mx . El Taller estará encabezado por funcionarios de la Administración Central de Competitividad y Modernización Aduanera de la Administración General de Aduanas, y de la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía, con el siguiente programa:

Horario
Actividad
10:15 – 10:20
Bienvenida y objetivo
10:20 – 10:30
Introducción
10:30 – 10:45
Proyección del video informativo Ventanilla Única
10:45 – 11:30
Módulo: Administración de usuarios externos
11:30 – 11:45
Receso
11:45 – 12:00
Módulo: Digitalización de documentos
12:00 – 12:15
Módulo: COVE
12:15 – 13:00
Módulo: Trámite de la Administración General de Aduanas
13:00 – 13:45
Modulo: Trámite de la Secretaría de Economía
13:45 – 14:00
Sesión de preguntas y respuestas

Este taller se constituye en una valiosa oportunidad de conocer directamente de las Autoridades Aduaneras y de manera oficial los avances de la VUCEM.

Cabe señalar que durante el transcurso del taller Mediante el Twiter de INDEX @index_mexico, se podrán recibir preguntas para exponer a los ponentes del taller.

Recuerda tambien seguirnos en nuestro twitter @aduanaenmexico