TIPS de operaciones en Ventanilla Unica II


Vaya que ha sido un dia muy atareado y muy estresante para los actores del comercio exterior en mexico, seguimos con la segunda entrega de los TIPS de operaciones de Ventanilla unica, estos aunque apuntan mas a detalles tecnicos estamos seguros que resolveran las dudas de muchas personas que tienen el mismo error. Les recordamos enviarnos los hallazgos que tengan o contactenos en twitter en @aduanaenmexico.

1.- Error en Respuesta de cove: «Firma Electrónica : Firma inválida»

Problema: La mayoria de los errores de firma invalida se debe a que la descripcion de la mercancia en los coves contiene acentos, y estos alteran la estructura de la cadena original.

Solucion: Evita poner los caracteres á é í ó ú en el campo de descripcion de la mercancia

2.- Error en cliente de web service «Message Created time past the current time even accounting for set clock skew»

Problema:El reloj de la computadora que envia el archivo cove esta adelantado mas de un minuto en relacion al servidor de cove.

Solucion: sincroniza reloj de la PC (Ayuda: http://windows.microsoft.com/es-es/windows-vista/Set-the-clock) Seccion «Sincronización con un servidor horario de Internet

 

3.- Error en cliente de web service:»Message older than allowed messageAge»

Problema: El reloj de la Computadora Esta atrasado mas de un minuto en relacion al servidor de cove.

Solucion: sincroniza reloj de la PC (Ayuda: http://windows.microsoft.com/es-es/windows-vista/Set-the-clock)»Seccion «Sincronización con un servidor horario de Internet

4.- Error: No se acepta el archivo digitalizado

Problema: Se escaneo en un formato no soportado por VUCEM o con una longitud mayor a 3 MB

Solucion: Escanea el documento con las siguientes caracteristicas

  • En formato PDF.
  • En escala de grises a 8 bits de profundidad.
  • En resolución de 300 puntos por pulgada.
  • Sin OCR aplicado.
  • Sin hojas en blanco

TIPS de operaciones en Ventanilla Unica I


A partir de hoy iniciaremos una sección con tips de ventanilla única, en la cual publicaremos los detalles relevantes respecto a la operación, te agradeceremos si colaboras con nosotros posteando tus hallazgos en los comentarios y nos aseguraremos de publicarlos con el credito de quien lo envie. Es una operacion nueva para todos y compartiendo las experiencias y casos nos ayudara a dominarla en menos tiempo.

En relación con la entrada en vigor del uso de Ventanilla Única para la realización de las operaciones de Comercio Exterior y considerando que ya se han estado realizando operaciones bajo este esquema durante los últimos días, se les recomienda que sugieran a sus clientes que los consolidados hayan sido abiertos bajo el esquema tradicional (papel) sean cerrados a mas tardar el 31 de mayo para evitar algún tipo de complicación al momento del cierre una vez que entre en vigor el día 1 de junio el uso de Ventanilla Única

Por otra parte, en cuanto a las operaciones de transferencia (V1), la autoridad nos indica que ambos pedimentos deben realizarse bajo el mismo esquema, esto es, que si la operación se inicia bajo el esquema de Ventanilla Única, debe terminarse utilizando Ventanilla Única. Cabe mencionar que si la operación fue iniciada en el mes de mayo en el esquema tradicional (papel) y ésta se termina después del 1° de junio, la misma deberá terminarse en el mismo esquema (papel)

En lo referente a operaciones de Tránsitos se indica lo siguiente:

Para tránsitos T3, solo se tendrá que digitalizar el B/L y/o guía de embarque; en caso de contar con factura se tendrá que realizar COVE.

En los tránsitos T3 a la exportación (consolidación de carga) No se declarará COVE ya que los pedimentos que se consolidan ya están validados y ya se encuentran en sistema los COVES correspondientes

Para los pedimentos de exportación con identificador AT se tiene que declarar COVE

Para tránsitos T7 y T9 se genera COVE, para estos casos se habilitará la opción “SIN TAX I.D.” tanto para emisor como para destinatario

Por otra parte, el COVE no considera la declaración del RFC genérico para extranjeros, por lo que se tendría que declarar la opción “SIN TAX I.D.” en estos casos. Cabe aclarar que la declaración en pedimento de dicho RFC no sufre ninguna modificación.

Via J. Reynel