RCGMCE: Inclusión del AA como Socio Comercial Certificado al NEEC


agente aduanal

El dia de ayer el Administracion General de Aduanas emitio un comunicado para las empresas que pertenecen al Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC) en el que comunica las diversas modificaciones al Capitulo 3.8 de las Reglas de Caracter General en Materia de Comercio Exterior, Publicadas el 29 de Agosto de 2014 con el compromiso de crear cadenas logísticas seguras.
Dentro de dichas modificaciones se encuentra la inclusión de la fracción II de la regla 3.8.14., en la que se dan a conocer los requisitos para que el agente aduanal pueda obtener su autorización como Socio Comercial Certificado. Asimismo, el día 1° de septiembre del presente se publicaron los diversos formatos que este actor de la cadena logística internacional deberá utilizar para ingresar su trámite

Es importante mencionar que adicionalmente se llevaron a cabo otras modificaciones igualmente importantes para robustecer al programa:
Regla 3.8.1.
 Se modificó el Apartado L, fracción V, (Sector Textil) para disminuir el monto de ingreso de 300 a 200 millones de pesos.
Regla 3.8.2.
 Se modificó el segundo párrafo de la regla, para dejar sin efectos una inscripción, cuando NO se cumplan con presentar en tiempo, la solventación de los requerimientos específicos, y no podrá solicitar su inscripción hasta dentro de 6 meses.
También se pone con mayor precisión, que en caso de que la información presentada no sea suficiente, se realizará un requerimiento.

“Las empresas que obtengan la autorización prevista en la regla 3.8.1., apartado L y que tengan requerimientos específicos señalados en su autorización, deberán dar aviso ante el SAT de que fueron solventados en un plazo no mayor a 6 meses después de haber obtenido dicha autorización, mediante el formato a que se refiere el primer párrafo de la presente regla, y adjuntando los elementos necesarios de comprobación en medio magnético. En caso de no presentarlo dentro del plazo señalado, dicho incumplimiento dará lugar a que la autorización correspondiente quede sin efectos y no podrá continuar gozando de las facilidades a que se refiere el artículo 100-B de la Ley. Asimismo, la empresa no podrá presentar una nueva solicitud de inscripción en el registro de empresas certificadas a que se refiere la regla 3.8.1., apartado L, hasta después de los siguientes seis meses. Cuando se presente el aviso para solventar los requerimientos específicos, éste deberá contener la información suficiente que permita verificar el cumplimiento de los estándares mínimos en materia de seguridad, en caso contrario, la autoridad aduanera requerirá al promovente para que en un plazo no mayor a 10 días, contados a partir de su notificación proporcione la información solicitada, y en caso de no subsanarse la omisión en dicho plazo, el aviso se tendrá por no presentado.”

Regla 3.8.5.
Se modificó la regla 3.8.5., fracción VII, para que no fuera una causal de cancelación en el apartado L, tener importaciones para el sector de la confección.
Regla 3.8.14.
 Se adiciona la regla 3.8.15, para señalar las obligaciones del Socio Comercial.
 Se adiciona la regla 3.8.16, para señalar las causales de cancelación del Socio Comercial.
 Se adicionan las reglas 3.8.17 y 3.8.18 para señalar los beneficios de los transportistas y agentes aduanales respectivamente. (la regla 3.8.18 entrará en vigor hasta dentro de 6 meses después de su publicación)

 

FIRMAN SAT Y CBP PLAN DE ACCIÓN HACIA UN RECONOCIMIENTO MUTUO NEEC Y C-TPAT


SAT CBP FIRMA NEEC CTPAT

El Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez Sánchez y el Comisionado Interino de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América (CBP, por sus siglas en inglés), David V. Aguilar, firmaron un Plan de Acción hacia el Reconocimiento Mutuo entre sus respectivos Programas del Operador Económico Autorizado: el Nuevo Esquema de Empresa Certificadas (NEEC) del SAT y el Programa de Aduanas – Sector Privado contra el Terrorismo, (C-TPAT por sus siglas en inglés) de CBP.

La firma se llevó a cabo en la ciudad de Washington DC, en la cual el Embajador de México en Estados Unidos, Eduardo Medina Mora, participó como testigo de honor.

Con el Plan de Acción hacia el Reconocimiento Mutuo, que se implementará durante los próximos dos años, se busca facilitar los procesos para la adhesión de empresas de los dos países a los programas NEEC y C-TPAT ya que, una vez alcanzado el nivel de reconocimiento mutuo y cumplidos los requisitos correspondientes, a las empresas participantes en uno de los programas se les reconocería como participantes del otro. Así, se logrará también impulsar un comercio más seguro y facilitar el cruce de mercancías en la frontera.

Este Plan de Acción se enmarca en el quinto eje establecido por el Presidente Enrique Peña Nieto de “hacer de México un actor con mayor responsabilidad global, que participe propositivamente en el mundo y fomente la cooperación entre las naciones”.

En México, el NEEC empezó a operar en enero de 2012, como evolución del esquema de empresas certificadas ya existentes desde 2002, incorporando el componente de seguridad basado en estándares internacionales propuestos por la Organización Mundial de Aduanas y el propio C-TPAT.

Al igual que el programa C-TPAT, el NEEC es un programa de participación voluntaria diseñado en coordinación con el sector privado, con el objetivo de incrementar la seguridad en la cadena de suministros de comercio exterior. A las empresas que cumplen con los estándares establecidos se les otorgan beneficios tales como acceso a los carriles exclusivos Exprés y FAST para un despacho expedito de cargamentos, áreas de inspección dedicadas en las aduanas y otros.

Por otra parte, el NEEC permite al SAT:

  • Identificar a las empresas que con base en el conocimiento de sus procesos representan menor riesgo y así privilegiar el despacho de sus cargamentos porque han aplicado mayores controles en sus procesos y en su cadena logística de suministro.
  • Concentrar mayores recursos en el despacho de los cargamentos de aquellas otras empresas que podrían ser de mayor riesgo

A partir de la entrada en vigor del NEEC se han certificado 96 empresas y están en proceso de validación 178 solicitudes más. Actualmente el NEEC certifica empresas manufactureras, maquiladoras, productoras, comercializadoras, tanto importadoras como exportadoras, y próximamente se incluirán transportistas y agentes aduanales. Más de 50% de las empresas que han solicitado su inscripción en el NEEC, han sido certificadas por C-TPAT.

C-TPAT es una iniciativa entre CBP y particulares que busca construir relaciones de cooperación que refuercen y mejoren la cadena de logística del comercio con los Estados Unidos. CBP y el SAT reconocen que solamente pueden proveer el más alto nivel de seguridad a través de la cooperación de todos los componentes que integran esa cadena de logística: importadores, exportadores, productores, almacenistas, transportistas, consolidadores y agentes aduanales.

Una vez firmado el Plan de Acción con Estados Unidos, iniciará su implementación con actividades como: el análisis comparativo de ambos programas, que incluye los requisitos, beneficios y acciones de seguimiento, entre otros, así como la realización de visitas conjuntas a las instalaciones de empresas solicitantes en ambos países.

Con esta iniciativa, el Gobierno de la República fortalece el intercambio de información y experiencias internacionales, para incrementar la seguridad en las operaciones comerciales e impulsar la difusión de mejores prácticas hacia las empresas de ambos países.

NEEC: Nuevo Esquema de Empresas Certificadas


El Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC) es un programa que busca fortalecer la seguridad en la cadena logística del comercio exterior a través de establecer, en coordinación con el sector privado, estándares mínimos en materia de seguridad internacionalmente reconocidos, y que otorga beneficios a las empresas participantes.

Las empresas que deseen pertenecer al NEEC deben cumplir ciertos requisitos, los cuales se pueden englobar en tres principios de cumplimiento:

  • Fiscal
  • Aduanero
  • Seguridad

Gracias a este programa se facilitará y agilizará el cruce de mercancías, se protegerán en mayor medida los embarques y se mejorarán los tiempos en la exportación e importación, elevando así el nivel de competitividad de las empresas participantes

La empresa debe cumplir con estándares mínimos, que son: Sigue leyendo