Aclara Aduana cruce de alcohol para residentes de la franja fronteriza


La restricción de Aduana México para los residentes fronterizos en el cruce de bebidas alcohólicas siempre ha existido, no es una medida que se acabe de implementar, y con la llegada del cierre de año es importante que los ciudadanos sepan que licores, cervezas, vinos, cigarros, puros, deben pagar impuestos y hay un límite para introducirlos al país.

César David Montoya Solís, subadministrador de Operación Aduanera, explicó la restricción que tiene Aduana para los pasajeros que cruzan la aduana mexicana en cuanto a bebidas embriagantes.

“No pueden introducir bebidas alcohólicas como parte de su consumo personal, pero hay una excepción cuando se trate de importación de cerveza o bebidas alcohólicas, realizadas por residentes de franja o región fronteriza”, comentó Montoya Solís

El ciudadano que vive en una ciudad fronteriza puede importar bebidas alcohólicas sin necesidad de los servicios de un agente aduanal, pero bajo la restricción de que el valor de dicha mercancía no exceda del equivalente en moneda nacional de 50 dólares y pagar el impuesto indicado.

En la franquicia para residente fronterizo establece que personas mayores de edad que sean residentes en franja o región fronteriza, pueden importar mercancía para su consumo personal. Sigue leyendo

Franquicia 2011 – 2012


*ACTUALIZACION* : Te invitamos a ver el post actualizado dando click para ver la Franquicia 2012-2013, asi como el de Franquicia de residentes Fronterizos.

 

En esta temporada hay muchas dudas sobre que es lo que podemos cruzar de Estados Unidos a México y si hay que pagar de impuestos, también hay mucha confusión respecto a las franquicias de “Pasajeros” y del “Residente de franja fronteriza”

El Servicio de Administracion Tributaria publicó:

«Con motivo del Programa Paisano, durante el periodo comprendido del 1 de noviembre de 2011 al 8 de enero de 2012, los pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional, asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.»

 

Ahora veamos algunas aclaraciones respecto a los lineamientos aduanales:

1.- Hay 2 tipos de franquicias, una para “Pasajeros” y otra para “Residentes de la franja fronteriza”. Es muy importante entender esta diferencia para poder determinar que nos aplica; la mayoría de las confusiones provienen del desconocimiento de estas 2 modalidades de franquicia.

2.- Los Pasajeros son aquellas personas mexicanas o extranjeras que arriban al país por cualquier medio de transporte y las que transiten de la zona fronteriza al resto del país.

3.- Residentes de la franja fronteriza son aquellas personas que acrediten su residencia en dichas zonas mediante credencial para votar, comprobante de domicilio o algún documento expedido por la SEGOB que acredite su residencia en la zona fronteriza.

4.- La franquicia para el Pasajero es de 75 Dlls si ingresa por vía terrestre, y 300 dlls si ingresa por vía aérea o marítima.

5.- La franquicia para el Residente de la franja fronteriza es de 50 dlls por persona con tope de 400 dlls por vehiculo

6.- Lo que exceda de las franquicias deberá de pagar 16% de tasa global

7.- Los Residentes en franja fronteriza no pueden introducir al amparo de su franquicia, vino, cerveza, cigarros o puros.

8.- Los “Pasajeros” pueden introducir como parte de su equipaje hasta 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.

9.- El excedente de bebidas alcohólicas o cigarros en los “pasajeros” paga 90% y 476% de impuesto respectivamente.

10.- A partir del 1 de Noviembre del 2011 hasta el 8 de Enero del 2012 la franquicia para “pasajeros” que ingresen por vía terrestre (únicamente) al país sube de 75 dlls a 300 dlls.

11.- La franquicia de los “pasajeros” es acumulativa por cada miembro de la familia que viaje en el mismo vehiculo.

Estos lineamientos son aplicables todo el año excepto por el punto #10 el cual esta vinculado al periodo que corresponde al programa paisano.

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Adelantarán municipios fronterizos horario de verano


El vecino país del norte cambiará su horario al de verano por lo que los 10 municipio de la franja fronteriza tamaulipeca colindante con Texas adelantarán también su reloj el domingo 14 de Marzo, mientras que el resto del estado iniciarán con el nuevo horario hasta el próximo primero de abril.

Esta disposición es aplicada mediante un ordenamiento nacional impuesto desde el año 2010,permiten que adelanten una hora el reloj en la misma fecha en que inicia este horario en Estados Unidos, para no afectar las relaciones comerciales, así como los servicios de aduanas y puentes internacionales.

Principalmente Nuevo Laredo, Reynosa, Matamoros serán los más beneficiados pero también entran en esta disposición Guerrero, Camargo, Mier, Miguel Alemán, Diaz Ordaz, Rio Bravo y Valle Hermoso.

Según el ordenamiento la aplicación del horario de verano también se aplica en ciudades importantes como Tijuana y Mexicali en Baja California, en ciudad Juárez y Ojinaga en el estado de Chihuahua, mientras que en el estado de Coahuila este horario se aplica en Acuña y Piedras negras, así como en Anáhuac, Nuevo León.

Esta será la segunda ocasión en que los municipios fronterizos adelanten el horario primero que el resto de Tamaulipas, desde que inicio al Horario de Verano

Via Jose Castanon