Liberada la Version Definitiva de formatos de impresión simplificada de pedimento y COVE


El SAT publico los nuevos formatos de impresión simplificada de pedimento e impresión simplificada del Comprobante de Valor Electrónico (COVE).  Con la finalidad de que los Agentes y Apoderados Aduanales tengan la versión definitiva para realizar los desarrollos informáticos correspondientes.

Relación de documentos.





RELACION DE
DOCUMENTOS

Código de Barras

 

DATOS GENERALES

Aduana de Despacho

Número de Patente o Autorización

Nombre del Agente o Apoderado Aduanal

Fecha de Emisión

 

 

 

 

LISTADO DE
PEDIMENTOS O
 NUMEROS DEL COVE

Consecutivo

Número de Pedimento

Número del COVE

 

 

 

 

 

 

NUMERO DE CONTENEDORES

1.

2.

3.

4.

INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO
RELACION DE DOCUMENTOS

3. Listado de
Pedimentos o números de COVE

1.
Consecutivo

Consecutivo
del pedimento y/o del número del COVE que se está declarando.

2.
Número de pedimento

Se deberán declarar
todos los pedimentos o números del COVE(S) en consolidación de carga que
amparen a las mercancías en trasporte en un mismo vehículo.

3.
Número de COVE

Se
deberá declarar el(los) número(s) del COVE(S)   obtenido(s) de la transmisión
de la(s) factura(s),  o lista de facturas o del comprobante que
exprese el valor de las mercancías, que amparen las remesas de los pedimentos
consolidados conforme al artículo 37 de la Ley, 58 de su Reglamento y la
regla 1.9.17.

……………………………………………………………………………………………………………………………….

  

Pedimento de importación. Parte II.
Embarque parcial de mercancías

 

CODIGO
DE BARRAS

 

Número de pedimento ___________________

Datos del vehículo ______________________

Candados oficiales _____________________

Contenedor(es)
__________________

 

Tipo
de mercancía

Cantidad
en Unidades de Comercialización

Cantidad
en Unidades de Tarifa

 

 

 

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

 

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

 

___________________________

Nombre

Instructivo de llenado de la forma
pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.

CAMPO

CONTENIDO

1.- Código de barras.

Se imprimirá en este espacio el código de
barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo
que proporciona el SAT.

2.- Número de pedimento.

El número asignado por el agente, apoderado
aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que
corresponden a:

2     dígitos, del año de validación;

2     dígitos, de la aduana de despacho;

4     dígitos, del número de la patente o
autorización otorgada por la
AGA
al Agente, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén que promueve el despacho.
Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros
que fueren necesarios para completar 4 dígitos;

7     dígitos, los cuales serán de numeración
progresiva por aduana; en la que se encuentren autorizados para el despacho,
asignada por cada agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido
a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el numero 0000001.

NOTA:    Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar
dos espacios en blanco.

3.- Datos del vehículo.

Se anotará el número de contenedor o
remolque, así como los datos de identificación del vehículo que transporta la
mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de
serie.

4.- Candados oficiales

 

 5.- Contenedores.

Se anotarán los números de candados oficiales
con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda.

Se anotará el número de contenedor o
remolque, cuando proceda. Tratándose de operaciones por aduanas de la
Frontera Norte y Sur y el medio de transporte es Ferrocarril se deberá
declarar el número de identificación del equipo ferroviario ó número de
contenedor. 

6.- Tipo de mercancía.

Se anotará la descripción de las mercancías,
naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su
clasificación arancelaria.

7-
Cantidad en Unidades de Comercialización.

Se anotará la cantidad de mercancías en
unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la factura o documento
comercial respectivo.

8-
Cantidad en Unidades de Tarifa.

Se anotará la cantidad de mercancía
correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE.

9.- Número de serie del certificado.

Número de serie del certificado de la firma
electrónica avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de
almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho.

10. Firma Electrónica Avanzada.

Firma Electrónica Avanzada del agente
aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente
aduanal, que promueve el despacho.

11  Nombre

Se anotará el nombre del apoderado aduanal,
agente aduanal o apoderado de almacén, o del mandatario del agente aduanal
que promueva.


Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías

 

CODIGO DE BARRAS

Número
de pedimento _________________

Datos
del vehículo _____________________

Candados
oficiales ____________________

Contenedor(es)
________________

Tipo de mercancía

Cantidad en Unidades de Comercialización

Cantidad en Unidades de Tarifa

Número de serie del
certificado:

Firma Electrónica
Avanzada:

____________________________

Nombre

Instructivo
de llenado de la forma pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de
mercancías.

CAMPO

CONTENIDO

1.– Código de barras.

Se
imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se
deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT.

2.- Número de
pedimento.

El número asignado por el agente, apoderado
aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden
a:

2     dígitos,
del año de validación;

2     dígitos,
de la aduana de despacho;

 

4     dígitos,
del número de la patente o autorización otorgada por la AGA al Agente o
Apoderado Aduanal, Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este
número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren
necesarios para completar 4 dígitos;

 

7     dígitos,
los cuales serán de numeración progresiva por aduana, en la que se encuentren
autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o
apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada
año con el numero 0000001.

 

NOTA:    Entre cada
uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco.

3.- Datos del
vehículo.

Se
anotará el número de contenedor o remolque, así como los datos de
identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo,
número de placas de circulación y número de serie.

4.- Candados oficiales.

 

 5.-
Contenedores.

Se
anotarán los números de candados oficiales con los que se aseguran las
puertas de acceso al vehículo, cuando proceda.

Se
anotará el número de contenedor o remolque, cuando proceda. Tratándose de
operaciones por aduanas de la Frontera Norte y Sur y el medio de transporte
es Ferrocarril se deberá declarar el número de identificación del equipo
ferroviario ó número de contenedor

6.- Tipo de mercancía.

Se
anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características
necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria.

7.- Cantidad en Unidades de Comercialización.

Se
anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo
a lo señalado en la factura o documento comercial respectivo.

8.- Cantidad en Unidades de Tarifa

9.-
Número de serie del certificado


Se
anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de
medida señalada en la TIGIE.

Número
de serie del certificado de la firma electrónica avanzada del agente aduanal,
apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que
promueve el despacho

10.-
Firma Electrónica Avanzada


Firma
Electrónica Avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de
almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho.

11.-
Nombre

Se
anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal o de almacén, o el
mandatario de agente aduanal que promueva y su firma autógrafa.

 …………………………………………………………………………………………………………………………………

Formato para “Impresión Simplificada del Pedimento”

 

La impresión
simplificada del Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el
cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente,
con la información transmitida al SAAI en el momento de la elaboración del
pedimento a que se refiere el Instructivo para el llenado del pedimento del
Anexo 22.

Este formato deberá
presentarse en un ejemplar.

Este formato no será
aplicable tratándose de las operaciones previstas en
las reglas 3.1.12, fracción II, 3.5.1, fracción II, 3.5.3, 3.5.4, 3.5.5, 3.5.7,
3.5.8 y 3.5.10 en las cuales se deberá presentar el pedimento en la forma
oficial aprobada, en un ejemplar destinado al importador.

A continuación se
presentan los diferentes bloques que pueden conformar la impresión simplificada
de un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que
deberán ser impresos.

Cuando en un campo
determinado, el espacio especificado no sea suficiente, éste se podrá ampliar
agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.

La impresión deberá
realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra
serán como se indica a continuación:

INFORMACION

FORMATO DE LETRA

Encabezados
de Bloque

Arial
9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

De
preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán
imprimirse con sombreado de 15%.

Nombre
del Campo

Arial
8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

Información
Declarada

Arial
9 u otra letra de tamaño equivalente.

El formato de impresión
para todas las fechas será:

DD/MM/AAAA Donde

DD    Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate,
puede ser de 01 a 31.

MM   Es el número de mes. (01 a 12).

AAAA    Es el año a cuatro posiciones.

ENCABEZADO
PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

El encabezado principal
deberá imprimirse como primer bloque de toda impresión simplificada del
pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las
certificaciones de selección automatizada y la certificación de las
instituciones bancarias autorizadas para recibir el pago de recaudaciones fiscales
al comercio exterior.

La impresión del
sub-bloque denominado “CUADRO DE LIQUIDACION” es obligatorio cuando el pago se
realice por Ventanilla Bancaria y cuando se realice el pago por expedición de
certificado de importación de SAGARPA.



IMPRESION
SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

NUM. PEDIMENTO:                        T. OPER                                         CVE.
PEDIMENTO:

CERTIFICACIONES

DESTINO:                                   PESO
BRUTO:                                   ADUANA E/S:

 

DATOS DEL
IMPORTADOR /EXPORTADOR

RFC:                                                              CURP:

ACUSE ELECTRONICO  DE VALIDACION:

CODIGO DE
BARRAS

CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:

 

MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS:

FECHAS

 

CUADRO DE
LIQUIDACION

 

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

TOTALES

 

 

 

 

 

 

 

EFECTIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

 ENCABEZADO PARA

PAGINAS SECUNDARIAS DE LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

El encabezado de las
páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.

ANEXO DEL PEDIMENTO

Página M de N

NUM. PEDIMENTO:                     TIPO OPER:                                   CVE.
PEDIM:                                      RFC:

                                                                                                                                                                 CURP:

PIE DE PAGINA DE
TODAS LAS HOJAS DE LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

El pie de página que se
presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las
hojas del pedimento. Deberán aparecer la firma electrónica avanzada del Agente
Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén.

Cuando el pedimento lleve
del mandatario, deberán aparecer su  firma electrónica avanzada y nombre
después de los del Agente Aduanal.

AGENTE
ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN

NOMBRE O
RAZ. SOC:

RFC:                                      CURP:

MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA

NOMBRE:

RFC:                                      CURP:

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS
TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 81 DE LA LEY ADUANERA: PATENTE O
AUTORIZACION:

 

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

 

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

CANDADO(S)

Para el renglón
denominado NUMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean
necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números
de candados.

El renglón 1RA.
REVISION y el renglón 2DA. REVISION solamente se imprimen una sola vez

NUMERO DE CANDADO

 

 

 

 

 

 

 

1RA. REVISION

 

2DA. REVISION

GUIAS,
MANIFIESTOS O CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del
conocimiento de embarque (número e identificador).

NUMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID:

 


 

 

 

 


CONTENEDORES/CARRO
DE FERROCARRIL/NUMERO ECONOMICO DEL VEHICULO

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información de contenedores, carro de ferrocarril y número económico de
vehículo. (número y tipo).

NUMERO/TIPO

 

 

 

 

 

 

Números del COVE

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información hasta de cuatro números

NÚMERO DEL COVE

 

 

 

 

NOTA: La información de número del COVE, únicamente tendrá que ser impreso
cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente.

IDENTIFICADORES
(NIVEL PEDIMENTO)

CLAVE/COMPL. IDENTIFICADOR

 

 

COMPLEMENTO 1

COMPLEMENTO 2

COMPLEMENTO 3

NOTA: Este bloque únicamente deberá imprimirse con el identificador
correspondiente a las operaciones previstas en la regla 3.1.12, fracción I.

E-DOCUMENTS

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información hasta de cuatro números de E-DOCUMENT.

NÚMERO DE E-DOCUMENT

 

 

 

 

NOTA: La información de renglones, únicamente tendrá que ser impreso cuando
esta información haya sido transmitida electrónicamente.


DATOS DEL
TRANSPORTE Y TRANSPORTISTA

TRANSPORTE

IDENTIFICACION:

PAIS:

TRANSPORTISTA

RFC

CURP

DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO


NOTA: Este bloque
deberá ser impreso cuando electrónicamente se haya enviado esta información.


OBSERVACIONES

El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se
haya enviado electrónicamente esta información, por considerar conveniente
manifestar alguna observación relacionada con el pedimento.



PIE DE PAGINA DEL
FORMATO DE IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

El pie de página que se
presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último
bloque de la impresión simplificada del pedimento.

Deberán aparecer el
RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de
Almacén, el número de serie del certificado y la firma electrónica avanzada.



AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN

NOMBRE O RAZ. SOC:

RFC:                                                              CURP:

                                                                      MANDATARIO/PERSONA
AUTORIZADA

NOMBRE:

RFC:                                                              CURP:

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

 

_____________________________

El pago de las contribuciones puede realizarse
mediante el servicio de “Pago Electrónico Centralizado Aduanero” (PECA),
conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la
cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada
directamente por el Banco. El agente o apoderado aduanal que utilice el
servicio de PECA, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo
correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al Apéndice
20 “Certificación de Pago electrónico Centralizado” del Anexo 22.

El Importador-Exportador podrá solicitar la
certificación de la información contenida en este pedimento en:
Administración General de Aduanas, Administración de Operación Aduanera “7”, Av. Hidalgo Núm. 77, Módulo IV, P.B., Col. Guerrero C.P. 06300. México, D.F

NOTA:   Cuando el pedimento lleve la firma electrónica avanzada del agente
aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la
leyenda de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), ésta se deberá
imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja

__________________________

 

IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL COVE

 

La impresión simplificada del COVE es un formato conformado por
bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican
en el presente, para efectos de lo previsto en la fracción II del artículo 58
del Reglamento y la regla 3.1.31

Este formato deberá presentarse en un ejemplar.

A continuación se presentan los diferentes bloques que deberán
conformar la impresión simplificada del COVE, citando la forma en la que
deberán ser impresos.

Deberá realizarse de preferencia con impresora láser en papel tamaño
carta y con el formato de letra que se señala a continuación:

INFORMACION

FORMATO DE LETRA

Encabezados de Bloque

Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

De preferencia, los espacios en donde se presenten
encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%.

Nombre del Campo

Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

Información Declarada

Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente.

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL COVE

El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque de toda
impresión simplificada del COVE. La parte derecha del encabezado deberá
utilizarse para las certificaciones de selección automatizada.

IMPRESION
SIMPLIFICADA DEL COVE

NUM. PEDIMENTO:                                                                       ADUANA
E/S

CERTIFICACIONES

DATOS DEL
IMPORTADOR /EXPORTADOR


RFC:                                                                      NOMBRE,
DENOMINACION O RAZON SOCIAL:

ACUSE ELECTRONICO
DE VALIDACION:

CODIGO DE BARRAS

 

 

 

CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:

 

DATOS DEL VEHICULO


MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS:



ENCABEZADO PARA
PAGINAS SECUNDARIAS DE LA IMPRESION SIMPLIFICADA DE COVE

El encabezado de las
páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.

ANEXO DEL PEDIMENTO

Página M de N

NUM. PEDIMENTO:                     TIPO OPER:                                   CVE.
PEDIM:                                      RFC


NUMERO DEL COVE

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información hasta de cuatro números.

NÚMERO DE E-DOCUMENT

 

 

 

 

NOTA: La información de renglones, únicamente tendrá que ser impreso cuando
esta información haya sido transmitida electrónicamente.

CANDADO(S)

Para el renglón
denominado NUMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean
necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números
de candados

El renglón 1RA.
REVISION y el renglón 2DA. REVISION solamente se imprimen una sola vez

NUMERO DE CANDADO

 

 

 

 

 

 

 

1RA. REVISION

 

2DA. REVISION

CONTENEDORES

Se podrán imprimir
tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la
información hasta de tres contenedores (número y tipo).

NUMERO / TIPO DE CONTENEDOR:

 

 

 

 

 

 

OBSERVACIONES

El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se
haya enviado electrónicamente esta información, por considerar conveniente
manifestar alguna observación relacionada con la factura o comprobante que
expresa el valor de las mercancías.

Asimismo cuando se declare los e-documents relacionados con ladigitalización de los documentos que comprueben
el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.

PIE DE PAGINA DEL
FORMATO DE IMPRESION SIMPLIFICADA DEL COVE

El pie de página que se
presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último
bloque de la impresión simplificada del COVE.

Deberán aparecer el
RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de
Almacén, el número de serie del certificado y la firma electrónica avanzada de
la transmisión a que se refiere la regla 1.9.17.



AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN

NOMBRE O RAZ. SOC:

RFC:                                                              CURP:

                                                                      MANDATARIO/PERSONA
AUTORIZADA

NOMBRE:

RFC:                                                              CURP:

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

 

_____________________________

BASICOS: COMPROBANTE DE VALOR ELECTRÓNICO (COVE)


El Comprobante de Valor Electrónico (COVE), sustituye a cualquier documento que ampare el valor comercial de las mercancías dentro del Despacho Aduanero, con el fin de lograr tener aduanas sin papel.

El COVE en la VU es un modulo de VU que permite la recepción, de manera anticipada, de la información de los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así como la información de los documentos de cruce en caso de remesas de consolidados.

Los objetivos de contar con la información de los Comprobantes de Valor Electrónico son:

  • Eliminar el papel convirtiendo los procesos manuales en electrónicos.
    Reducir tiempos en procesos administrativos, así como en las plataformas de revisión de las aduanas del país.
  • Contar con información previa al despacho aduanero en operaciones normales como en operaciones consolidadas, para la aplicación acertada de análisis de riesgo.
  • Facilitar la búsqueda y acceso de información desde ubicaciones remotas a un repositorio central de información, con las debidas limitantes y permisos con base en las funciones y facultades que debería tener cada usuario de la información.
  • Incidir en la competitividad de la economía del país al permitir una participación en los procesos de comercio exterior más ágil, fácil y seguro.
  • Homologar en un archivo electrónico (XML) a aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como los documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos en el despacho aduanero.

 ¿Qué beneficios obtendremos?

  • Ahorro en Costos (papel, bodegas, tiempo, gastos, etc.).
  • Disminuir riesgo de falsificación.
  • Mejor determinación de las operaciones a revisar.

VIA  SAT VUCEM