Modificacion al Manual de Operación Aduanera (MOA)


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La Administración Central de Regulación Aduanera, mediante oficio número 800-02-00-00-00-2011-10848 de fecha 10 de septiembre de 2012, hace de nuestro conocimiento las últimas actualizaciones y modificaciones efectuadas al Manual de Operación Aduanera (MOA) entre las cuales se tienen las siguientes:

En su mayoría las modificaciones fueron para cambiar la cita a la Administración Central competente derivado de las modificaciones al Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de julio de 2012.

1. Modificar ACRA por ACNA
2. Modificar ACCG por ACIA
3. Modificar la referencia a la regla 1.9.15., para citar la 1.9.14

Modificaciones en la Segunda Unidad.

Apartado B. Depósito ante la Aduana en sus normas generales.

1. La norma decima quinta se adiciona para prever los casos en que en aduanas marítimas o interiores se modifica para agregar en su segundo párrafo en el cual se prevé que cuando se detecte que por error se entregó un contenedor distinto al declarado en el documento aduanero, no será necesario que aquel que corresponda a la mercancía presentada ante el mecanismo de selección automatizado, se encuentra validado y pagado, siempre que ambas mercancías aún se encuentren en el recinto fiscal o fiscalizado.
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Abandono, Remate y Destrucción


Por Carlos Cruz.

Desafortunadamente no siempre las cosas resultan como uno quiere, para estos casos la aduana brinda la opción de dejar en abandono las mercancias a favor del fisco, esto se hace de dos formas: Tácita y Expresa.

Abandono Expreso

Es la renuncia escrita de la propiedad de las mercancías hechas en favor del Fisco Federal por quien tiene la facultad legal de hacerlo. Su aceptación por parte de el Erario extingue la obligación tributaria. Las mercancías fungibles, de fácil descomposición, serán donadas a las instituciones de asistencia social, beneficencia o de educación que designe la autoridad.

 

Abandono Tácito

 Este tipo de abandono depende de distintas variables que, aunque son un poco extensas es completamente recomendable conocerlas.

Las mercancías sujetas a comercio internacional, no pueden permanecer por tiempo indefinido depositadas ante aduanas, pues no se concibe que, si se adquirieron y tuvieron que pasar por un transporte internacional, éstas queden estancadas en las aduanas; por tal motivo, las mismas causarán abandono Tácito cuando no sean retiradas dentro de los siguientes plazos: Sigue leyendo

Basicos: La Carta de Encomienda


Por Carlos Cruz

Conforme al Articulo 19 del Código Fiscal de la Federacion para que el Agente Aduanal (A.A.) realice el despacho de las mercancías requiere que el importador o exportador de las mercancías le extienda una Carta de Encomienda en la cual, bajo protesta de decir verdad, lo encomienda para que efectué el despacho aduanero y los tramites relacionados con el mismo a su nombre.

Así mismo  manifiesta que es responsabilidad de el importador, los datos correspondientes a cantidad descripción,  composición y valor de toda(s) la(s) mercancías que le encomienda al A.A. para su despacho aduanero; así como el pago en su totalidad de los importes que se generen  por concepto de impuestos y honorarios

Cabe destacar que esta Carta puede tener vigencia especifica ó indefinida.

Ejemplo de Carta de encomienda

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Basicos: Manual de Operación Aduanera


El Manual de Operación Aduanera es un documento publicado por la Administración Central de Operación Aduanera, que es parte de la Administración General de Aduanas. Este documento  consta de 8 unidades y 19 anexos. Contiene todos los pasos para el despacho aduanero, desde las actuaciones previas hasta los procedimientos legales posteriores al despacho.

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A continuacion  Te presentamos el Indice de su contenido: Sigue leyendo