Glosario de Acronimos de las RCGMCE para 2015.


AcronimosACRONIMOS:

  1. 1. AGA, la Administración General de Aduanas, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Tercer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  2. ACEIA, la Administración Central de Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  3. ACIA, Administración Central de Investigación Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  4. ACOA, la Administración Central de Operación Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  5. ACNA, la Administración Central de Normatividad Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F. y para toma de muestras de mercancías, el domicilio ubicado en Calzada Legaria 608, Primer Piso, Col. Irrigación, Del. Miguel Hidalgo, C.P. 11500, México, D.F.
  6. ACPCEA, la Administración Central de Planeación y Coordinación Estratégica Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  7. AGACE, la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, sita en Avenida Paseo de la Reforma 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, D.F.
  8. ACALCE, la Administración Central de Asuntos Legales de Comercio Exterior de la AGACE, sita en Avenida Paseo de la Reforma 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, D.F.
  9. ACPPCE, la Administración Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior de la AGACE, sita en Avenida Paseo de la Reforma 10, Piso 26, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F.
  10. ARACE, la Administración Regional de Auditoría de Comercio Exterior de la AGACE.
  11. ACDB, la Administración Central de Destino de Bienes de la AGRS, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo VIII, Tercer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  12. AGGC, la Administración General de Grandes Contribuyentes, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  13. ACNI, la Administración Central de Normatividad Internacional de la AGGC, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  14. ACPPFGC, la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes de la AGGC, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo VIII, Piso 5, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  15. AGJ, la Administración General Jurídica, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  16. ACNCEA, la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la AGJ, sita en Avenida Reforma 37, Módulo VI, Planta Baja, Col. Guerrero, Del Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  17. ALJ, la Administración Local Jurídica.
  18. AGR, la Administración General de Recaudación, sita en Avenida Reforma 37, Módulo IV, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  19. ALR, la Administración Local de Recaudación.
  20. AGRS, la Administración General de Recursos y Servicios, sita en Avenida Reforma 37, Módulo VII, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F.
  21. AGCTI, la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, sita en Avenida Reforma 37, Módulo VII, Sexto Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  22. AGSC, la Administración General de Servicios al Contribuyente, sita en Avenida Hidalgo 77, Módulo I, primer piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
  23. ACIC, la Administración Central de Identificación del Contribuyente de la AGSC, sita en Avenida Paseo de la Reforma 10, Piso 17, Torre Caballito, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F.
  24. ALSC, la Administración Local de Servicios al Contribuyente.
  25. ALAF, la Administración Local de Auditoría Fiscal.
  26. AAEJ, el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón.
  27. ACE No. 66, el Acuerdo de Complementación Económica No. 66 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado Plurinacional de Bolivia.
  28. AELC, la Asociación Europea de Libre Comercio.
  29. AICP, el Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú.
  30. ALADI, la Asociación Latinoamericana de Integración.
  31. ALTEX, el programa aprobado al amparo del Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras publicado en el DOF el 3 de mayo de 1990 y sus reformas.
  32. BANJERCITO, el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.
  33. CAAT, el Código Alfanumérico Armonizado del Transportista del Registro de Empresas Porteadoras.
  34. CFDI, el Comprobante Fiscal Digital por Internet.
  35. CIECF, la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida.
  36. CIITEV, el Módulo de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos.
  37. CONOCER, el Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral.
  38. CURP, la Clave Unica de Registro de Población.
  39. DOF, el Diario Oficial de la Federación.
  40. DTA, el derecho de trámite aduanero.
  41. ECEX, las empresas de comercio exterior autorizadas por la Secretaría de Economía, en los términos del Decreto para el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 11 de abril de 1997.
  42. FIEL, la Firma Electrónica Avanzada, la obtenida conforme a lo establecido en la ficha 105/CFF “Obtención del certificado de FIEL” que forma parte del Anexo 1-A de la RMF.
  43. IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios.
  44. IETU, el impuesto empresarial a tasa única.
  45. IGI, el Impuesto General de Importación.
  46. IGE, el Impuesto General de Exportación.
  47. IMSS, el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  48. INI, el Instituto Nacional de Migración.
  49. ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos.
  50. ISR, el impuesto sobre la renta.
  51. ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
  52. IVA, el impuesto al valor agregado.
  53. LFD, la Ley Federal de Derechos.
  54. LIEPS, la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.
  55. LIGIE, la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
  56. LISAN, la Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
  57. LISR, la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  58. LIVA, la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
  59. NIV, Número de Identificación Vehicular.
  60. NOM’s, las Normas Oficiales Mexicanas.
  61. NTCL, la Norma Técnica de Competencia Laboral.
  62. OMA, la Organización Mundial de Aduanas.
  63. PAMA, el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera.
  64. PECA, el Pago Electrónico Centralizado Aduanero.
  65. PEPS, Primeras Entradas Primeras Salidas.
  66. PGR, la Procuraduría General de la República.
  67. PITEX, las personas morales que hubieran obtenido un programa en términos del Decreto que establece programas de importación temporal para producir artículos de exportación, publicado en el DOF el 3 de mayo de 1990 y sus posteriores modificaciones.
  68. PROFEPA, la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente.
  69. PROSEC, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial publicado en el DOF el 2 de agosto de 2002 y sus posteriores modificaciones.
  70. RCFF, el Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
  71. RGCE, las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
  72. RFC, el Registro Federal de Contribuyentes.
  73. RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
  74. SAAI, el Sistema Automatizado Aduanero Integral.
  75. SAE, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
  76. SAGARPA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
  77. SALUD, la Secretaría de Salud.
  78. SARI, el Sistema de Administración de Responsabilidad Integral.
  79. SAT, el Servicio de Administración Tributaria.
  80. SCT, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
  81. SE, la Secretaría de Economía.
  82. SECIIT, el Sistema Electrónico de Control de Inventarios para Importaciones Temporales.
  83. SEDENA, la Secretaría de la Defensa Nacional.
  84. SEGOB, la Secretaría de Gobernación.
  85. SENER, la Secretaría de Energía.
  86. SEPOMEX, el Servicio Postal Mexicano.
  87. SSP, la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
  88. SICREFIS, el Sistema de Control de Recintos Fiscalizados.
  89. SIECA, el Sistema de Esclusas para el Control en Aduanas.
  90. SIRECU, el Sistema de Registro de Cuentas Bancarias.
  91. SOIA, el Sistema de Operación Integral Aduanera.
  92. SIREMA, el Sistema de Registro de Mandatarios.
  93. SIRET, el Sistema de Registro de Transportistas.
  94. SRE, la Secretaría de Relaciones Exteriores.
  95. TESOFE, la Tesorería de la Federación.
  96. TIGIE, la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
  97. TLCAELC, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  98. TLCAN, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
  99. TLCC, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia.
  100. TLCCA, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
  101. TLCCH, el Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos.
  102. TLCI, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel.
  103. TLCU, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay.

ANEXO 31 DE LAS RCGMCE PARA 2015 (SCCCyG)


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SISTEMA DE CONTROL DE CUENTAS DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS (SCCCyG).

El SCCCyG administrará y controlará los créditos fiscales y los montos garantizados derivados de las operaciones sujetas a los beneficios de la certificación o de las operaciones garantizadas al amparo de las reglas 5.2.13., 5.2.20., y 5.2.22., en relación con lo dispuesto en la regla 5.2.16., fracción XI, a partir de:

  1. El inventario existente o inventario inicial de las operaciones que a la fecha de entrada en vigor de la certificación, o de la aceptación para operar el esquema de garantías, se encuentren destinadas al régimen aduanero correspondiente.
  2. Las operaciones que se realicen aplicando el crédito fiscal o garantía contra el pago del IVA o IEPS al amparo de las reglas 5.2.13., 5.2.20. y 5.2.22.
  3. Los informes de descargo asociados a los pedimentos de retorno, cambios de régimen, transferencias virtuales, extracciones, regularizaciones de mercancías, los apartados B y C de las constancias de transferencia de mercancía o, en su caso, los comprobantes fiscales que amparen la enajenación de las mercancías a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte a que se refiere la regla 3.8.8., fracción VI, así como a los avisos de donación y destrucción.
  4. Los informes de descargo asociados a los pedimentos de regularización de mercancías que hubieran ingresado a territorio nacional bajo los distintos regímenes aduaneros afectos y cuyo plazo hubiera vencido, incluso de los desperdicios generados.
  5. La mecánica de cargos y descargos del propio Sistema.
  6. El informe del inventario existente o inventario inicial de las operaciones que a la fecha de entrada en vigor de la certificación, o de la aceptación para operar el esquema de garantías, se encuentren destinadas al régimen aduanero afecto.

El contribuyente transmitirá de forma electrónica, el inventario existente de aquellas operaciones que se encuentren bajo el régimen que tenga autorizado, al día inmediato anterior a la entrada en vigor de la certificación, o de la aceptación para operar el esquema de garantías, según corresponda, en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a dicha fecha.

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Prorroga para Transmision de Saldos iniciales SCCCyG


Ultimo Segundo

En una sorprendente accion de ultimo minuto, el SAT emitio el Boletin P0010.

Se hace del conocimiento de las empresas que cuentan con la autorización de la certificación en materia de IVA e IEPS, así como las que operan bajo el esquema de garantías, conforme a lo establecido en los artículos 28-A de la LIVA y 15-A de la LIEPS, por única ocasión se les prorroga el plazo con que cuentan para trasmitir de forma electrónica, el inventario de aquellas operaciones que se encuentren bajo el régimen que tengan autorizado, al día inmediato anterior a la entrada en vigor de la certificación ó en su caso, de la aceptación para operar el esquema de garantías, contenido en las reglas 5.2.16. fracción XI, último párrafo y 5.2.24. fracción II segundo párrafo, de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, al 28 de febrero de 2015

Esta es una excelente desicion ya que permitira que se haga una entrega de saldos mas exactos y evitando asi utilizar las dos oportunidades que se brindaron en el Boletin Anterior

Asi que si te desvelaste como nosotros preparando el reporte, pues… ve a descansar este fin de semana tranquilo…

Boletín núm. P009 SAT Carga del inventario inicial SCCCyG


El SAT publico hoy el boletin P009 dirigido a  las empresas que cuentan con la autorización de la certificación en materia de IVA e IEPS, así como las que operan bajo el esquema de garantías.

Conforme a lo establecido en los artículos 28-A de la LIVA y 15-A de la LIEPS, y que hayan transmitido el inventario inicial dentro del plazo establecido en el apartado 1 del Anexo 31 de las RCGMCE, que se aceptarán dos correcciones posteriores dentro de los tres meses siguientes en el que se efectué el envío de forma electrónica del inventario existente de aquellas operaciones que se encuentren bajo el régimen que tengan autorizado, durante el plazo establecido para el cumplimiento de la obligación en los términos de las reglas 5.2.16. fracción XI último párrafo y, 5.2.24. fracción II segundo párrafo, de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes (RCGMCE).

Las correcciones se efectuarán al actualizarse alguno de los supuestos siguientes:

Cuando se rectifique alguno de los siguientes campos del pedimento:

a) Número de pedimento.
b) Fecha del pedimento.
c) Fracción arancelaria.
d) Valor comercial.

I. Cuando se haya transmitido la información incompleta o con errores en el inventario inicial.

Las correcciones al inventario inicial presentados por el contribuyente sustituirán por completo al informe previamente presentado.

RECUERDA QUE HOY 30 DE ENERO ES LA FECHA LIMITE PARA PRESENTAR SALDOS INICIALES!!

Contingencia VUCEM (SSL)


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A casi 24 horas de declarada la contingencia en Ventanilla unica, el Servicio de Administracion Tributaria no ha sido capaz de solucionar el error de acceso.

Todo apunta a que expiro su certificado se seguridad Expedido por GeoTrust el dia de ayer (03-Nov) a la 1:52:07 AM, esto se debe a dos razones graves en especifico:

La primera es que no se renovo a tiempo el certificado, y la segunda pudiera deberse a fallos en el las barreras de seguridad, lo cual invalida automaticamente un certificado, actualmente quienes logren conexion sin el Secure Socket Layer (SSL) se exponen a que su informacion pueda ser minada por entidades terceras por lo que se recomienda esperar a que se levante la contingencia y VUCEM pueda continuar de manera normal.

Certificado Vencido

 

 

Verificacion de Origen


 Mapa Mundi

Verificaciones de Origen en los Tratados de Libre Comercio suscritos por México

México es parte de diversos tratados de libre comercio firmados con las principales economías del mundo y es mediante los Certificados de Origen que los bienes son susceptibles de recibir un trato arancelario preferencial al momento de su importación a territorio nacional.

Las autoridades de los países parte del tratado realizan Verificaciones de Origen para comprobar que los bienes contenidos en un Certificado de Origen, cumplen efectivamente con las reglas de origen, restricciones y demás normatividad del tratado, determinando si los bienes son originarios o no de la región.

Los procedimientos para verificar el origen de las mercancías y determinar si procede o no la preferencia arancelaria se realizan en la mayoría de los tratados, mediante los siguientes métodos:

a) Cuestionarios dirigidos al exportador y/o productor
b) Visitas a las instalaciones del exportador y/o productor
c) Solicitud de verificación de origen a la autoridad del país de exportación de los bienes.

Muestra Selectiva

Dado el significativo flujo comercial entre México y los países con los que se tiene firmado un acuerdo de libre comercio, y por ende el gran número de operaciones y la distinta naturaleza de los bienes intercambiados, para realizar de manera correcta una verificación de origen se requiere en ocasiones una cantidad considerable de documentación, la cual es necesaria para acreditar el carácter originario de las mercancías.

Para efecto de lo anterior, el SAT aplicará dentro de sus procedimientos de verificación de origen el “muestreo selectivo”, a fin de determinar la documentación representativa necesaria que permita estar en aptitud de resolver correctamente dichas verificaciones de origen, haciendo menos oneroso el procedimiento al exportador.

Dado que la representatividad y volumen de la muestra selectiva se encuentra directamente relacionada con la naturaleza de las mercancías, la autoridad deberá analizar y valorar cada caso en lo particular a efecto de determinar el volumen de la documentación que deberá proporcionarse, para lo cual se solicita al exportador extranjero a quién se le está practicando un procedimiento de verificación de origen, contacte a la administración a cargo de su caso en el directorio de contactos.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre verificaciones de origen en los tratados de libre comercio suscritos por México Sigue leyendo

Aduana Mexicana en USA


Aduana laredo

A inicios de este mes comenzo a operar la Aduana mexicana en el Aeropuerto Internacional de Laredo Texas.

Como lo publicamos desde noviembre de 2012 se tenia ya el personal capacitado, y las revisiones mecanicas de las nuevas instalaciones, de igual forma el 1 de noviembre de 2012 la autoridad aduanera mexicana publico las reglas en el Diario Oficial de la Federación para hacer oficial la operación de la primera aduana mexicana en el exterior.

En este tiempo se llevo el programa piloto con la empresa Chrysler, que hizo algunos envíos a sus plantas de Saltillo y Ramos Arizpe.

Una sola revisión de los bienes permitirá que arriben en cualquiera de los aeropuertos internacionales de México como son el de Chihuahua, Silao, Guanajuato, Guadalajara, Ciudad de México y Toluca.

Esto cambia la forma de hacer negocios al optimizar tanto tiempos como costos, haciendo más eficiente la logística de sus operaciones desde suelo americano, ya que se evita retrasos al llegar la mercancia a suelo mexicamo, pues esta ya llega desaduanizada. Las principales beneficiadas seran las empresas del ramo aeroespacial y Automotriz.

Modificacion al Acuerdo que Prohibe Imp/Exp de diversas mercancias


Centro Africa

Hoy se Publico en el Diario Oficial de la Federacion la modificacion al «Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países» con el apoyo de la comision de comercio exterior.

Esta modificacion impone limitaciones de importacion y exportacion a las republicas Libanesa y Centroafricana.

Se adicionan los numerales Décimo segundo y Décimo tercero y entra en vgos el dia de mañana,  quedando como sigue:

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Listado de Puntos de revision (Garitas) suprimidos


Garita Cerrada

La Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCGMCE) para 2014 y su Anexo 25, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF)  este Lunes 15 de septiembre de 2014 informa la supresión de las garitas establecidas en el Anexo 25 “Puntos de revisión (Garitas)”

A continuacion la lista:

  1. Cabullona, ubicada en el kilómetro 28.5 de la carretera federal número 17 en el tramo Agua Prieta-Nacozari, Municipio de Agua Prieta, Estado de Sonora de la Aduana de Agua Prieta, así como la referencia a esta última.
  2. San Antonio, ubicada en el kilómetro 117.5 de la carretera federal número 2, en el tramo Imuris-Cananea, Municipio de Imuris, Estado de Sonora de la Aduana de Naco, así como la referencia a esta última.
  3. Agua Zarca, ubicada en el kilómetro 21 de la carretera federal número 15, en el tramo Nogales-Imuris, Municipio de Nogales, Estado de Sonora de la Aduana de Nogales, así como la referencia a esta última.
  4. Kilómetro 53, ubicada en el kilómetro 52+588 de la carretera federal número 57, en el tramo Allende-Agujita, Municipio de Allende, Estado de Coahuila (Garita multiaduana) de la Aduana de Piedras Negras, así como la referencia a esta última.
  5. Camarón, ubicada en el kilómetro 55 de la carretera estatal número 1, en el tramo Nuevo Laredo-Ciudad Anáhuac, Municipio de Anáhuac, Estado de Nuevo León de la Aduana de Colombia, así como la referencia a esta última.
  6. Las Yescas, ubicada en el kilómetro 59 de la carretera Matamoros-Ciudad Victoria, Municipio de Matamoros, C.P. 87554, Estado de Tamaulipas de la Aduana de Matamoros, así como la referencia a esta última.
  7. Kilómetro 26, ubicada en el kilómetro 26 de la carretera federal número 85, en el tramo Nuevo Laredo-Monterrey, Municipio de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas de la Aduana de Nuevo Laredo, así como la referencia a esta última.
  8. Kilómetro 30, ubicada en el kilómetro 30 de la carretera federal número 40, Reynosa-Monterrey, Municipio General Bravo, Estado de Nuevo León de la Aduana de Ciudad Reynosa.
  9. Kilómetro 26, ubicada en el kilómetro 26 de la carretera federal número 97, en el tramo Reynosa-San Fernando, Estado de Tamaulipas de la Aduana de Ciudad Reynosa.

 

Mexico puede aplicar Represalias comerciales a Estados Unidos


México ganó a Estados Unidos en forma definitiva un caso en la Organización Mundial del Comercio (OMC) en el que se determinó que ciertas normas de etiquetado afectan a la exportación de ganado mexicano y si no se corrigen, le dan derecho a imponer represalias por unos 560 millones de dólares.

El caso fue iniciado por México desde diciembre del 2008, sumándose al mismo Canadá, y ambos países lo han ganado contra su vecino común en última instancia, en un fallo que ya se adelantó a los gobiernos y que se hará público en octubre, según reveló el diario The Wall Street Journal, lo cual fue confirmado por fuentes consultadas.

Si Estados Unidos no cambia las prácticas comerciales discriminatorias en 60 días, México anticipó que le aplicará represalias y considera para ello suspenderle beneficios en frutas y verduras, jugos, carne, productos lácteos, maquinaria, muebles y electrodomésticos, entre otros.

Las reglas de Etiquetado de País de Origen (COOL, por su sigla en inglés) exigen que el producto cárnico refleje en una etiqueta si el ganado del cual deriva nació en México, lo que implica segregar al ganado mexicano del estadounidense a lo largo de la cadena de producción.

En el XXI Congreso de Comercio Exterior Mexicano, Francisco de Rosenzweig, subsecretario de Comercio Exterior, dijo que el etiquetado COOL resulta en altos costos que son trasladados a los productores mexicanos, entre 80 y 90 dólares por cabeza.

México exporta becerros a Estados Unidos debido a la falta de suficientes pastizales y corrales, además de las ventajas estadounidenses en la disponibilidad de cereales forrajeros.

La rama de producción de ganado vacuno mexicano de engorde destinado a la exportación adquirió tal importancia del 2003 al 2007, los años previos a la aplicación del etiquetado, que México exportó una media de más de 1.2 millones de cabezas al año.

Con la etiqueta, las empresas estadounidenses de transformación de carne de vacuno deben hacer frente a costos adicionales para segregar los animales a lo largo del proceso de producción de carne y mantener registros que acrediten esa segregación.

Consecuentemente, la necesidad de separar los animales ha dado lugar a un descenso del precio del ganado vacuno de engorde de México en relación con el ganado vacuno comparable de Estados Unidos. En el 2013, las exportaciones mexicanas de becerros al mercado estadounidense sumaron 647,000 cabezas, por un valor de 334 millones de dólares

 

Con informacion de Roberto Morales